
La Mediación Familiar, es entendida como un procedimiento extrajudicial, voluntario, confidencial e imparcial, a través del cual, los conflictos derivados de una relación familiar, o que como consecuencias de una separación o divorcio, emergen como disputas al interior de la familia (o entre aquellas personas que estén ligadas por vínculos familiares, ya sea que convivan o no en el mismo hogar), tratarán de resolver mediante la intervención de un tercero neutral, llamado Mediador, quien brindará a las partes posibilidades de diálogo en la búsqueda de acuerdos que sean satisfactorios para ambas partes en materias como:
- Derecho de alimento para los hijos o hijas.
- Cuidado personal de los hijos o hijas (Tuición).
- Relación directa y regular del padre o madre con quien los hijos no estén a su cuidado (Visitas).
- Relacionadas con la educación de los hijos.
- Patria Potestad.
- Regulación de Relaciones Mutuas entre los cónyuges.
- Repartición de los bienes o liquidación de la sociedad conyugal.
- Materias Vinculadas al Divorcio de mutuo acuerdo.
- Compensación económica para el cónyuge que la solicita.
En el Proceso de Mediación Familiar, se asegura principalmente los derechos del niño, velando por el interés superior del niño, niña y adolescente en un ambiente de mayor consideración
y respeto hacia su integridad psicoemocional y física.
En que momento se puede ir a Mediación:
- Antes de presentar una acción judicial.
- Al momento de presentar una acción judicial.
- Durante el juicio, hasta 5 días antes de la audiencia de juicio.